Obligaciones de los proveedores
1. Todo proveedor de bienes o servicios debe entregar información veraz y oportuna a los consumidores, sobre los bienes y servicios que ofrece, su precio, condiciones de contratación y otras características relevantes de los mismos.
2. Todo proveedor de bienes o servicios está obligado a respetar los términos, condiciones y modalidades ofrecidas o convenidas con el consumidor.
3. En las compras realizadas o contratos celebrados por medios electrónicos, el proveedor está obligado a enviar confirmación por escrito de la misma. La confirmación debe contener una copia íntegra, clara y legible de lo comprado o contratado.
4. Los proveedores no pueden negar injustificadamente la venta de bienes o servicios en las condiciones ofertadas.
5. En el caso que el proveedor venda productos con alguna deficiencia, usados o refaccionados o cuando se ofrezcan productos que hayan sido fabricados con partes o piezas utilizadas, el proveedor debe informarlo en forma expresa, antes de la compra, mediante carteles visibles o en los envoltorios usando las expresiones “segunda selección”, “hecho con materiales usados”, entre otras equivalentes.
6. Todo proveedor debe respetar la garantía legal de los productos, salvo la excepción precedente.
7. Los sistemas de vigilancia y seguridad están especialmente obligados respetar la dignidad y derechos de las personas.
8. Todo proveedor de bienes o servicios debe respetar el derecho a retracto o la posibilidad del consumidor de poner término unilateralmente al contrato, en un plazo de 10 días contados desde la recepción del producto o desde la contratación del servicio y antes de la prestación del mismo, en los siguientes casos:
– Los contratos celebrados en reuniones convocadas o concertadas por el proveedor, como, por ejemplo, “tiempo compartido”; ocasión en la que el consumidor debe expresar su aceptación dentro del mismo día de la reunión.
– En contratos realizados por medios electrónicos y en los que se acepta una oferta realizada a través de catálogos, avisos o cualquier otra forma de comunicación a distancia.
– En los contratos de servicios educacionales de nivel superior, dentro de los 10 días contados desde que se complete la primera publicación de los resultados de las postulaciones a las universidades pertenecientes al CRUCH cuando se ingrese a primer año de carrera.
Este derecho se debe ejercer cumpliendo los plazos, requisitos y obligaciones que dispone la ley, para cada uno de los casos descritos.
9.-En caso de que el proveedor y/o el consumidor
deseen cancelar el contrato deberán
sujetarse a las penas convencionales en él
pactadas, las cuales deberán ser recíprocas y
equitativas para ambos, y no podrán ser
superiores al monto insoluto de la obligación
principal.
10.-El proveedor no puede obligarte a la firma
de un documento que te haga renunciar a la
protección de la ley o de tus derechos, ni
que valide prácticas desleales, abusivas o
discriminatorias.
11.- El proveedor debe brindar servicios de
atención al cliente, como teléfono o correo
electrónico, los cuales debes ser gratuitos y
estar disponibles las 24 horas de los 365 días
del año.
12.-No hagas más filas, es obligación del proveedor
tener disponible en su portal de internet:
horarios de atención, precios, tarifas, formas de
pago, descripción, características y/o contenidos
de los planes o paquetes que ofrece.
13.-En caso de que tu equipo falle, el proveedor
debe proporcionarte infraestructura, capacidad
técnica, mano de obra, refacciones y
accesorios, siempre y cuando la garantía
esté vigente.
14.-El proveedor tiene obligación de entregarte
factura, recibo o comprobante que ampare
la compra del equipo y/o contratación
del servicio.
15.-Es obligación de todo proveedor tener a la
vista del consumidor el horario de atención,
así como los precios y tarifas de los productos
principales. Las tarifas de los demás servicios, no confundir los servicios
contratados con los servicios adicionales.
Los primeros deben constar en el contrato.
16.-En cambio, los adicionales, como seguro
del equipo, asistencia vial, desglose de
llamadas, no se mencionan en el contrato
y se pueden cancelar cuando se desee.
17.-El consumidor no deberá pagar cargo
alguno respecto de servicios que no haya
contratado expresamente.
18.-El consumidor podrá dar por terminada
la contratación de los servicios adicionales,
teniendo el proveedor un plazo máximo
de 5 días naturales a partir de dicha
manifestación para cancelarlo, sin que
implique la suspensión o cancelación de
la prestación originalmente contratada.
19.-En caso de que el servicio no se preste por
causas imputables al proveedor, éste deberá
compensar la parte proporcional del precio
del servicio que dejó de prestar, y otorgar
como bonificación al menos 20% del monto
del periodo de afectación.
20.- En caso de que el proveedor solicite
garantizar el cumplimiento de las obligaciones
del consumidor, debe asegurar que
la garantía no sea desproporcionada,
abusiva o inequitativa, y devolverla al
finalizar la relación contractual.
Derechos del consumidor
**La publicidad, las etiquetas,
los precios, los instructivos,
las garantías y, en general,
toda la información de los
bienes y servicios que nos
ofrezcan, debe ser oportuna,
completa, clara y veraz, de
manera que podamos elegir
sabiendo qué compramos.
**Podemos recibir educación
en materia de
consumo, conocer nuestros
derechos y saber de
qué forma nos protege
la ley, así como organizarnos
con familiares o
vecinos para aprender a
consumir mejor y de manera
más inteligente.
**Al decidirnos por un
producto o servicio,
nadie puede presionarnos,
condicionarnos la
venta a cambio de comprar
algo que no queremos,
o exigir pagos o
anticipos sin que se haya
firmado un contrato.
**Los bienes y servicios
que se ofrecen en el
mercado deben cumplir
con normas y disposiciones en materia de seguridad y calidad. Además,
los instructivos deben
incluir las advertencias
necesarias y explicar claramente el uso recomen
-
dado de los productos.
**Al comprar un producto o contratar un servicio,
no pueden negarlo,
discriminarnos o tratarnos
mal por nuestro sexo,
raza, religión, condición
económica, nacionalidad,
orientación sexual, por tener alguna discapacidad o
cualquier motivo similar.
** Si un proveedor nos vende un producto de mala
calidad o que no cumple con
las normas, tenemos derecho a que nos lo reponga o
nos devuelva nuestro dinero,
así como a una bonificación
no menor al 20% del precio
pagado. También nos deberá
bonificar cuando nos preste
un servicio de forma deficiente
o no nos lo proporcione.
Asimismo, tenemos derecho a
que nos indemnice por los daños y perjuicios que nos haya
ocasionado.
**Podemos ser defendidos
por las autoridades y
exigir la aplicación de las
leyes; también organizarnos
con otros consumidores para
defender intereses comunes.
Cuando algún proveedor no
respete nuestros derechos,
podemos acudir a Profeco
a presentar nuestra queja o
llamar al Teléfono del Consumidor para denunciar algún
abuso que esté afectando a
varios consumidores.
Referencias:
http://www.sernac.cl/proteccion-al-consumidor/obligaciones-del-proveedor/
http://promotores.profeco.gob.mx/wp-content/uploads/2013/10/obligaciones-del-proveedor.pdf
http://www.profeco.gob.mx/Folletos/7_derechos_basicos.pdf